Cobro de impuestos al sector agropecuario en momentos de pandemia y crisis

21-01-2022
Producción Alimentaria
Ojalá, República Dominicana
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El gobierno dominicano, a través de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), se propone cobrar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) a las personas físicas y empresas del sector agropecuario. Para este objetivo, la DGII ha elaborado la propuesta de Norma General que Regula el Tratamiento Fiscal Aplicable al Sector Agropecuario Formalizado y no Formalizado. 

Luego del paso de las tormentas tropicales Olga y Noel, a finales del año 2007, la DGII estableció exenciones de pago de anticipos del Impuesto Sobre la Renta, de pago del Impuesto sobre Activos y de Retención de Impuesto Sobre la Renta sobre los pagos realizados por el Estado a las empresas del sector agropecuario.

Esas exenciones se establecieron debido a las grandes pérdidas ocasionadas a la agropecuaria por los fenómenos atmosféricos mencionados anteriormente. La DGII dispuso esas exenciones mediante la Norma General número 1-2008. 

Desde el año 2008 hasta el año 2021, todos los gobiernos del país han mantenido el tratamiento fiscal contenido en la Norma General número 1-2008, considerando las vulnerabilidades climáticas que afectan el sector agropecuario. 

El nuevo proyecto de Norma General que se propone aplicar el gobierno al sector agropecuario, establece Agentes de Retención del Impuesto Sobre la Renta a todas aquellas empresas que adquieran bienes o reciban servicios de personas físicas dedicadas al sector agropecuario, es decir, de productores agropecuarios que no estén formalizados ante la DGII. 

Inicialmente, la administración tributaria se propone retener el 1% del valor de la factura por concepto de Impuesto Sobre la Renta. En otras palabras, la empresa que compra un determinado producto agropecuario o recibe un servicio de productores agropecuarios no formalizados ante la DGII, retendrá el 1% del monto facturado. Posteriormente, los productores agropecuarios que se formalicen ante la DGII y a partir del segundo ejercicio fiscal deberán para el Impuesto Sobre la Renta según lo establecido en el régimen ordinario. 

El cobro del 1% del valor facturado representaría una carga adicional al alto costo de los insumos (fertilizantes, plaguicidas, semillas), mano de obra y servicios (preparación de suelos, fumigación) que requiere la producción nacional agropecuaria.

Igualmente, constituye una acción contraria a decisiones que han adoptado y que están adoptando otros países con el fin de apoyar y fortalecer la producción nacional. Gobiernos de otros países han adoptado medidas de apoyo al sector con el propósito de contribuir a la seguridad y soberanía alimentaria de sus países.

Las medidas de apoyo al sector, por parte de los gobiernos, son necesarias en el contexto de pandemia mundial del COVID 19, debido a que cada vez es más importante y necesario disponer de los alimentos que consumen los ciudadanos en sus territorios. 

En el contexto actual, el cobro de impuestos al sector agropecuario contribuiría significativamente al incremento de precios de productos agropecuarios alimenticios. Según el Banco Central dominicano, el costo de la canasta familiar alimenticia nacional pasó de RD$36,083.88 en agosto de 2020 a RD$40,074.16 en diciembre de 2021, para incremento de RD$3,990.28, equivalente a un 11%.

Una situación similar les ocurre a las personas de menores ingresos, agrupados en el quintil 1, los cuales han visto incrementar su canasta alimenticia en RD$2,536.85, al pasar de RD$ 21,153.51 en agosto de 2020 a RD$ 23,690.36 en diciembre de 2021. 

Si el gobierno aprueba y pone en ejecución la propuesta de Norma General para el sector agropecuario, disminuiría posibles ganancias e incrementaría el nivel de dificultades que enfrentan los productores agropecuarios para proveer de alimentos al pueblo dominicano. Por otra parte, el cobro de impuestos a los productores agropecuarios impactaría los precios finales de venta a los consumidores, disminuyendo, aún más, el poder de compra de sectores pobres y vulnerables del país.