Sobre la deducción del ITBIS adelantado por servicios digitales
Jaime Aristy Escuder Blog, República Dominicana
Para aplicar el ITBIS a los servicios digitales habría que modificar el Código Tributario, para que se otorgue el derecho a deducir del impuesto bruto los importes que por concepto de ITBIS se hayan adelantado a los proveedores de esos servicios.