Posición BCRD y CLAB ante denuncia y declaraciones RBF

08-11-2023
Economía y empleos
Banco Central, República Dominicana
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En ocasión de la denuncia presentada el 17 de octubre de 2023 por Ramón Báez Figueroa ante la Procuraduría General de la República, en la que solicita realizar una investigación por supuestas irregularidades en la administración y disposición de los activos del Banco Intercontinental, S.A. (Baninter), cometidas en el proceso de liquidación de la referida entidad de intermediación financiera, el Banco Central de la República Dominicana y la Comisión de Liquidación Administrativa del Banco Intercontinental, S.A. (CLAB) cumplen con el deber de informar al país lo siguiente:

  1. Ante la magnitud del fraude comprobado, cometido por Ramón Báez Figueroa y otros en Baninter y por el cual fueron condenados irrevocablemente en lo penal y en lo civil, se inició el proceso de disolución y posterior liquidación de la referida entidad, conforme a lo ordenado por la Junta Monetaria.
  2. Cumpliendo cabalmente con el mandato de la Constitución y de la Ley Monetaria y Financiera, núm. 183-02, la Junta Monetaria se vio precisada a nombrar una Comisión de Liquidación Administrativa, para que administrara y realizara los activos de dicha entidad bancaria, la cual fue designada mediante la Segunda Resolución del 12 de agosto de 2003. 
  3. El proceso de liquidación se ha extendido hasta la fecha, quedando algunos activos por realización, de los que pudieron ser identificados, en especial por las particularidades del enorme fraude del que dan cuenta las sentencias de condena de los tribunales, los que comprobaron que Ramón Báez Figueroa y los otros condenados operaban un banco paralelo, que le permitía ocultar a las autoridades de la supervisión bancaria los reales activos y pasivos de la entidad. Esto ha implicado prolongados procesos para regularizar la titularidad de estos activos, para su posterior realización, varios de los cuales aún se encuentran siendo conocidos por los tribunales y que han implicado grandes y sostenidos esfuerzos para su culminación exitosa.
  4. Durante el transcurso de este año, Ramón Báez Figueroa solicitó a la CLAB y al Banco Central el suministro de diversas informaciones y documentos del proceso de liquidación del Baninter. Todas estas solicitudes le fueron debida y oportunamente entregadas con completos detalles y documentos, disponibles en los archivos. Efectivamente, la CLAB le respondió mediante comunicaciones de fechas 5 de mayo, 30 de junio y 20 de julio de 2023, y el Banco Central el 29 de junio de 2023. 
  5. Dichas respuestas se inscriben en las políticas de estricto apego a las obligaciones de transparencia y legalidad que han caracterizado las actuaciones del Banco Central y de la CLAB, conforme lo contemplado en la Constitución y las leyes, y al derecho de acceso a la información pública que tienen todas las personas. 
  6. El 24 de octubre de 2023, Ramón Báez Figueroa notificó tanto al Banco Central como a la CLAB la denuncia antes citada. De igual modo, en fechas posteriores, Báez Figueroa se presentó en, al menos, un programa de televisión, en el cual se refirió a la indicada denuncia y ha cuestionado, de forma infundada, diversos aspectos del proceso de liquidación, al tiempo de pretender que el país olvide que fue condenado precisamente por todos los fraudes detectados. 
  7. Ante la señalada denuncia, el Banco Central y la CLAB reiteran su disposición de suministrar, de manera diligente y responsable, toda la información y documentación que sea requerida por el Ministerio Público.  
  8. Sobre los cuestionamientos de Ramón Báez Figueroa al proceso de liquidación, resulta pertinente edificar a la opinión pública sobre los siguientes aspectos:
    1. Ramón Báez Figueroa fue condenado de manera definitiva a cumplir 10 años de reclusión mayor y una multa de 100 salarios mínimos a favor del Estado dominicano, al ser declarado culpable de alteración, desfiguración y ocultación de datos o antecedentes, libros, estados de cuentas con el fin de obstaculizar, dificultar, desviar o evadir la fiscalización que correspondía efectuar a la Superintendencia de Bancos, así como la elaboración, aprobación o presentación de un balance o estado financiero adulterado o falso, y la ejecución y aprobación de operaciones para encubrir la situación de Baninter, tales como el registro como activos reales de elevados montos de valores inexistentes y millonarios sobregiros a vinculados, afectando los niveles de recuperaciones del citado banco para cubrir las obligaciones del hoyo financiero que ocasionó su quiebra; abuso de confianza y lavado de activos.
    2. En el aspecto civil, Ramón Báez Figueroa fue condenado al pago de: (i) RD$50,082,450.10 a favor la Superintendencia de Bancos; (ii) RD$18,743,000,000.00 a favor del Banco Intercontinental, S. A.; y, (iii) RD$ 44,552,706,192.00 a favor del Banco Central de la República Dominicana, por concepto de la reparación por los daños y perjuicios ocasionados a estas entidades, como consecuencia de los graves delitos por los cuales fue condenado.
    3. La sociedad dominicana debe conocer, tal y como le fuera informado a Ramón Báez Figueroa en la comunicación del Banco Central del 29 de junio de 2023, que, al cierre de las operaciones del 30 de abril de 2023, el total de los desembolsos hechos por este para cubrir los pasivos y deudas de Baninter asciende a RD$74,493,749,211.84.  En tanto que, el monto de las recuperaciones de la CLAB, recibidas por el Banco Central y que han sido aplicadas como abono a los indicados desembolsos realizados, asciende a RD$16,163,820,913.04. De ahí que, el balance a la fecha de recursos públicos a recuperar por este concepto es de RD$58,329,928,298.80.
    4. Por esto, es totalmente falsa la afirmación de Ramón Báez Figueroa de que no sabe cuánto se ha recuperado del proceso de liquidación de Baninter y que no se explica cómo su deuda con el Banco Central sigue siendo igual, en particular porque de los RD$44,552,706.192.00 a los que fue condenado firmemente por la justicia dominicana, por concepto de daños y perjuicios, no ha pagado suma alguna a la fecha en provecho del Banco Central.
  9. Es obvio que Ramón Báez Figueroa confunde su persona con el Banco Intercontinental, S.A. y el Grupo Intercontinental, S.A., al atribuirle al Banco Central y a la CLAB falta de gestión en operaciones comerciales realizadas directamente por él y que nunca fueron registradas en la contabilidad como activos de Baninter sujetos a liquidación. Por igual, ignora su condena en daños y perjuicios sin diferenciarla de los balances que resultan del proceso de liquidación administrativa de Baninter, conceptos totalmente distintos. 
  10. De igual forma, Ramón Báez Figueroa sostiene que en ocasión del pago de certificados de depósitos fueron entregados valores a personas que no tenían inversiones en Baninter, insinuando que fueron emitidos para favorecer a determinadas personas. Sin embargo, el Banco Central y la CLAB recuerdan al país que el pago de los certificados de Baninter a las personas que confiaron sus depósitos a dicha entidad fue realizado luego de la validación de las autoridades competentes. 
  11. El Banco Central de la República Dominicana y la CLAB reiteran que todas sus actuaciones, tanto en el proceso que culminó con la condena penal y civil de Ramón Báez Figueroa como en la realización de los activos de Baninter, en ocasión del denominado Caso Baninter, seguirán siendo realizadas con el mismo compromiso, responsabilidad, legalidad y transparencia con que lo han hecho siempre, en cumplimiento de los mandatos constitucionales y legales.