Pacto eléctrico

08-11-2021
Economía y empleos
Ojalá, República Dominicana
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En el Pacto para la Reforma del Sector Eléctrico, firmado el 25 de febrero de 2021, fue establecido el régimen tarifario de transición que establecerá la tarifa trimestralmente hasta converger al régimen tarifario de referencia. 

El 1ro de noviembre de 2021, se comenzó a implementar en el país, el régimen tarifario de transición que se aplicará durante cuatro años y será establecido trimestralmente en base al precio medio de compra, la tasa de cambio, la reducción de la pérdida y la mejora de eficiencia.

Ese aumento de tarifas sin duda, afectará el bolsillo de los hogares que representan el 60% de la facturación de la distribución. Un posible aumento también de los precios de los bienes y servicios, si los comercios transfieren el aumento de la tarifa eléctrica a los consumidores.

De lo que no se ha hablado en abundancia en los medios de comunicación, es de los compromisos a los que debemos darle seguimiento. 

El cumplimiento de esos compromisos establecidos en el Pacto es lo que podrá garantizarnos mayor probabilidad a que todos los actores actúen con los principios de eficiencia y transparencia y el regulador garantice una sana competencia y los derechos del consumidor y que en el 2030 contar con un sistema energético universal, confiable, eficiente y asequible, así como ambiental y financieramente sostenible. 

¿Cómo el regulador garantiza una sana competencia?

  • Antes de agosto de 2022, el Ministerio de Energía y Minas deberá realizar un estudio para identificar localizaciones apropiadas de generación eléctrica y antes de febrero 2023, elaborar Planes de Generación, Transmisión y Distribución. 
  • Antes de que se cumplan los 12 meses de la firma del Pacto, es decir febrero de 2022, la Superintendencia de Electricidad a raíz del compromiso establecido en el Pacto, debe emitir un Reglamento que regula la subcontratación de la actividad de comercialización vía licitación pública.
  • Revisar la forma de identificación y tipificación de los casos de competencia desleal y abuso de posición dominante y reforzar la capacidad sancionadora en el marco legal, acorde con la ley de defensa de la competencia.
  • Introducir mejoras a los procedimientos y plazos para el otorgamiento de concesiones provisionales y definitivas, en un plazo no mayor de 8 meses, es decir antes del 25 de octubre de 2021.

¿Como se pretende mejorar la sostenibilidad financiera del sistema? 

  • Subsidio eléctrico no sobrepase el 12% de la tarifa cuando entre en vigencia el régimen tarifario de referencia, es decir 2026.
  • Cada empresa debe presentar un Plan de Mejora de Gestión, un Plan Integral de Reducción de Pérdidas y un Sistema de Evaluación y Monitoreo de dichos Planes, tres meses posterior a la firma del Pacto para los próximos 4 años.
  • Iniciar en mayo de 2021, la ejecución del Plan Integral de Reducción de Pérdidas, que debe incluir el Plan de expansión y rehabilitación de redes. 
  • Reducir las pérdidas a un máximo de un 15% al cabo de 6 años. Se plantea una disminución de un 2.7% anual, es decir un 16.2% en 6 años.
  • Derogar los párrafos II y III del artículo 35 de la Ley No. 125-01 que establece un subsidio a las distribuidoras por parte de los Usuarios No Regulados, seis meses después de la firma del Pacto, es decir agosto de 2021.
  • La Superintendencia de Electricidad deberá realizar 12 meses después de la firma del Pacto, un estudio para revisar la metodología de asignación de potencia para la remuneración de todas las centrales y luego, actualizarla cada cuatro años. 

¿Como se transmite confiabilidad en el sistema? 

  • Las empresas eléctricas estatales deberán presentar y publicar una auditoría anual no más de 6 meses posterior al cierre fiscal y sus ejecuciones presupuestarias semestralmente. 
  • Antes de los 9 meses posterior a la firma del Pacto, la Superintendencia de Electricidad debe emitir el Reglamento respecto a la Contabilidad Regulatoria. 
  • Estas empresas deben mantener actualizados sus portales electrónicos con estadísticas y resoluciones. 
  • Se acuerda elaborar y aprobar la norma relativa a las características de los medidores, su verificación y certificación.

¿Cómo el regulador garantizará los derechos del consumidor?

  • El Pacto establece en su título VI, que los compromisarios del Pacto, deberán implementar programas de educación al usuario.
  • La Superintendencia de Electricidad deberá garantizar que las distribuidoras faciliten y transparenten al consumidor sus facturas e historial y concienticen sobre los riesgos y accidentes eléctricos. 
  • Revisar el Capítulo III del Título X de la Ley No. 125-01 sobre los derechos del consumidor.
  • Se acuerda garantizar el derecho a queja y reclamación a los usuarios.
  • La Oficina de Protección al Consumidor (PROTECOM) continuará en funcionamiento.
  • La Superintendencia de Electricidad en un plazo de 12 meses a partir de la firma, deberá emitir e implementar las normas técnicas de calidad del servicio público de distribución de electricidad.

Last but not least -como dicen en inglés-, el Poder Ejecutivo debe determinar las consecuencias del no cumplimiento a los citados planes y actividades, como también informar sobre ellos a la población, sus avances y fuentes de financiamiento.

Lilliana Rodríguez-Álvarez, economista especializada en finanzas, con máster en políticas públicas y sociales.