El sector financiero en la mirilla tributaria

03-07-2023
Economía y empleos
Diario Libre, República Dominicana
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A la salida del COVID, prevalece la exigencia de financiar el gasto público extraordinario que los gobiernos han debido realizar en respuesta a la pandemia y, a su vez, la necesidad de que dicho financiamiento sea progresivo, pues la pandemia ha profundizado la ya muy significativa desigualdad preexistente.

También se ha renovado el interés por figuras tributarias que habían desaparecido de la agenda; en concreto, la imposición sobre la riqueza personal -patrimonio o «grandes fortunas»- y por una tributación extraordinaria sobre determinados sectores.

Uno de los preferidos de siempre cuando se trata de buscar más ingresos es el sector financiero. La razón es sencilla: son relativamente pocos actores, en general muy cumplidores y manejan un significativo volumen de ingresos por la naturaleza del negocio. Esto es el paraíso para la administración tributaria: pocos contribuyentes con capacidad de aportar mucho y con un riesgo bajo de incumplimiento.

La presión por recaudar más en la banca en realidad viene de antes. A partir de 2010, a la salida de la crisis financiera el Fondo Monetario Internacional, sugirió diversas alternativas para obtener más tributación del sistema financiero. En parte para pagar la crisis del 2008 y también para hacer frente a crisis financieras futuras.

Recientemente, España y Colombia han aprobado impuestos transitorios a la banca, bajo el argumento de que han tenido ganancias extraordinarias durante esta crisis. Este argumento es debatible y parece que en la práctica lo que se busca es recaudar de forma fácil de un sector al cual le es difícil evadir (¡Más fácil cobrarle a los bancos que a los chinos!).

A este respecto cabe recordar que, en la primera formulación del Presupuesto 2021, el Gobierno propuso un impuesto sobre los activos financieros a la tasa de 1%, deducible del ISR, con el que esperaba recaudar unos RD$ 12,700 millones (0.3% del PIB, aproximadamente). La redacción del impuesto era casi idéntica a la de la Ley 139-11, que introdujo este gravamen en los ejercicios fiscales 2011, 2012 y 2013.

En adición, unos meses después circuló un borrador de propuesta del Gobierno en la cual se proponía un aumento del impuesto a las transacciones financieras (usualmente llamado «impuesto a los cheques»), a pesar de las documentadas distorsiones que produce este impuesto.

Estos casos recientes son solo ejemplos de cómo se suele acudir en forma extraordinaria a impuestos más o menos heterodoxos sobre el sistema financiero cuando, ante urgencias de financiamiento, se proponen reformas tributarias puramente recaudadoras.

Cabe destacar que, en 2021, los bancos adelantaron impuestos a cambio de que se dejaran sin efecto las intenciones del Gobierno de imponerles cargas adicionales. Durante el COVID casi cualquier cosa se justificaba, incluyendo adelantos de impuestos. Pero esta es una práctica muy poco transparente que no debe realizarse de manera habitual y que es incompatible con un país que está apuntando a mejorar su calificación de riesgo.

Adelantar impuestos es lo mismo que endeudarse, pero sin darle a conocer al público el costo de esa deuda (si existe o no) y sin necesidad de informar al Congreso, que tal vez debería aprobarlo, pues los ingresos por adelanto de impuestos de años futuros no están incluidos en el Presupuesto aprobado.

En adición, si pedir adelantos se convierte en una práctica habitual, los contribuyentes racionales internalizarán este factor en su estructura de costo, y al final terminarán exigiendo tasas de descuentos más altas o bien buscarán la forma de traspasar ese costo a sus clientes.

Es verdad que la tributación sobre el sistema financiero admite cuestionamientos. Aquí van algunos:

-Dada la imposibilidad técnica de cobrar el ITBIS, ¿Debe pensarse en figuras alternativas, como las que ha propuesto el Fondo Monetario?

-¿Deben eliminarse impuestos heterodoxos como el impuesto a los cheques?

-Los seguros, ¿Deben gravarse con impuestos selectivos o con ITBIS?

-¿Justifica la concentración del negocio bancario un tratamiento diferencial en el ISR?

Estas son preguntas válidas. Pero es bueno que se planteen y resuelvan en el contexto de una reforma tributaria integral.

Además, esa discusión debe tomar en cuenta que el sector financiero tiene una carga tributaria casi cuatro veces superior a la tributación promedio de las empresas. Este es el cálculo de incidencia económica, de la carga tributaria que efectivamente soporta el sector, sin incluir impuestos retenidos ni los impuestos que el sector paga a nombre de los contribuyentes. Si se considera que esta carga no es suficiente, que sea el resultado de un consenso de la sociedad, no que se aumente por el hecho de que es más fácil cobrarle al que ya paga.

El sector financiero tiene una carga tributaria casi cuatro veces superior a la tributación promedio de las empresas. Este es el cálculo de incidencia económica, de la carga tributaria que efectivamente soporta el sector, sin incluir impuestos retenidos ni los impuestos que el sector paga a nombre de los contribuyentes. Está claro que el Gobierno ha revelado sus preferencias: el sector financiero será uno de los principales objetivos en caso de que someta en algún momento una reforma tributaria. Es más fácil cobrarle a los bancos que a los chinos.