ONU concluye que el Tribunal Supremo inhabilitó al exjuez Garzón «sin garantías»

26-08-2021
Administración de justicia
Público, España
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El Tribunal Supremo español, que condenó en 2012 al juez Baltasar Garzón a 11 años de inhabilitación tras haber sido procesado por los casos Franquismo y Gürtel, vulneró el artículo 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y no respetó el derecho del juez a un proceso «con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial«.

Así lo afirma el Comité de Derechos Humanos de la ONU, un órgano cuyos dictámenes no son a priori de obligado cumplimiento por parte de los Estados.  

Según adelantan El País y eldiario.es, el documento emitido por dicho comité expone «dudas» sobre si Garzón tuvo «acceso a un tribunal independiente e imparcial» en los procesos por prevaricación en el Supremo que terminaron con su carrera judicial.

Garzón fue condenado por intervenir conversaciones entre abogados de la trama Gürtel y sus clientes, pese a realizarlas con el visto bueno de la Fiscalía y a petición de la Policía, recuerda este Comité.

Asimismo, al ser aforado en su condición de juez, el caso cayó en manos del Supremo, última instancia judicial en España, por lo que el Comité reprocha al Estado que el exjuez no tuviese una segunda instancia ante la que recurrir su condena.

Ya en 2016, el mismo Comité de la ONU instaba al Gobierno de entonces, presidido por Mariano Rajoy (PP), a que contestase a la denuncia de Garzón interpuesta por sus abogados (Human Rigts in Practice). Entonces, alegaba que las investigaciones relativas a los crímenes de lesa humanidad cometidos durante el franquismo que Garzón autorizó continuaban impunes, así como los numerosos supuestos casos de corrupción del Partido Popular (caso Gürtel), decisiones judiciales por las que exjuez fue imputado penalmente.

«Los procedimientos penales iniciados contra el juez Garzón se fundamentaron exclusivamente en su interpretación y aplicación de la ley», sostenía la abogada del denunciante, Helen Duffy. «Ello representa una flagrante violación del principio de independencia judicial».

Ahora, la resolución del Comité pide una «reparación integral» para Garzón, que se borren además sus antecedentes penales y, por último, que se le proporcione «una compensación adecuada por el daño sufrido».

Los efectos del dictámen

Las resoluciones del Comité de Derechos Humanos de la ONU no suelen ser considerados por el Estado como de obligado cumplimiento automáticamente porque no son sentencias emitidas por un órgano judicial supranacional, salvo en contadísimas (y recientes) ocasiones. 

Sin embargo, una importante sentencia del Tribunal Supremo sobre el llamado ‘Caso Ángela González Carreño’ en 2018 aclaró que España tiene la obligación de cumplir las recomendaciones de los comités de Naciones Unidas y otros tratados del derecho internacional que haya suscrito. 

Pero este asunto es muy complejo. Tal y como explica en un extenso y completo post la profesora titular de Derecho Internacional Público de la UAM Cristina Izquierdo Sans, estos dictámenes «declaran vulneraciones de las obligaciones internacionales de España en materia de derechos humanos y recuerdan a nuestro país la ‘obligación’ de reparar la lesión del derecho fundamental vulnerado, con garantías de no repetición».

Así, tales dictámenes constituyen un asunto difícil de abordar porque no existe un vehículo legal suficiente que indique cómo aplicarlos en su caso por lo que, a falta de marco normativo, el asunto suele quedar en manos de la interpretación de los propios jueces.