Pueblo y ciudadanía: una reflexión necesaria
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Benito Antonio Cruz Peña
En la antigua Grecia, de donde viene el origen del concepto de democracia, acuñada por los atenienses para referirse a su forma de gobierno, era entendible que, en término etimológico, significara gobierno “del pueblo”, pero ¿hoy día tiene sentido esto? ¿Son los pueblos o los ciudadanos los que eligen a sus respectivas autoridades?
Los ciudadanos son parte del pueblo, pero no todo en el pueblo es ciudadano, a la luz de lo previsto en la Sección II, el artículo 21 de nuestra Constitución política, la cual expresa: “Todos los dominicanos y dominicanas que hayan cumplido 18 años de edad y quienes estén o hayan estado casado, aunque no hayan cumplido esa edad, gozan de la ciudadanía”.
De conformidad con los datos suministrados por la Junta Central Electoral, el padrón general de electores para las elecciones del año 2020, era de 7,487,040 de personas. Es decir, son estos los que según el articulo 22 de la supra indicada constitución, tienen el derecho de elegir y ser elegidos para los cargos que esta establece.
Ahora bien, dice el artículo 2 de nuestra Constitución: “La soberanía nacional reside exclusivamente en el pueblo, de quien emanan todos los poderes, los cuales ejerce por medio de sus representantes o en forma directa, en los términos que establezca esta Constitución y las leyes”.
¿Es el pueblo o los ciudadanos y ciudadanas los que eligen a nuestras representantes: Presidente, Vice-Presidente; senadores y diputados; alcalde (síndicos) y regidores; directores y delegados de los Distritos Municipales? ¿Es que acaso nuestra soberanía popular esta delegada en nuestra ciudadanía?
Nuestra historia republicana siempre ha identificado como sinónimo a ambos conceptos: Pueblo y ciudadanía. Sin embargo, ambos son totalmente distinto, aunque mantienen vinculo indisoluble.
Pueblo es un concepto global que se refiere a un conjunto de personas con características afines, unidos por un sentimiento de pertenencia, de identidad cultural, tradiciones, costumbres, que nos define como Nación; mientras ciudadanía es un concepto que individualiza y que encierra y conlleva consigo la capacidad del ejercicio del derecho.
En el artículo 1 de nuestra Constitución, referente a la organización del Estado, dice textualmente: “El pueblo dominicano constituye una Nación organizada en Estado libre e independiente, con el nombre de la República Dominicana”. Todos, los que votamos y lo que no, formamos parte del pueblo, pero no todo tenemos capacidad para ejercer el derecho al voto. Sólo los ciudadanos pueden hacerlo.
A modo de conclusión, pudiéramos plantear que la soberanía popular reside en el pueblo, de donde emana la máxima voluntad, cuya operatividad se expresa en la ciudadanía, en virtud de ser esta la que tienen la capacidad de ejercer el sagrado derecho de elegir y ser elegido.
¿Dónde está el gran desafío? En nuestra capacidad para construir una nueva ciudadanía, que transcienda el derecho a elegir y ser elegido y que se convierta en un real y verdadero sujeto de derecho y no en un objeto de éste.