Medio Ambiente solicita al TSA anular protección ambiental en caso de construcción hotelera

01-10-2024
Medioambiente
Somos Pueblo, República Dominicana
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En un hecho sin precedentes, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales el 5 de agosto bajo la administración de Miguel Ceara solicitó al Tribunal Superior Administrativo (TSA) la nulidad de los instrumentos legales que protegen una zona de humedales y manglares en Cabarete, Puerto Plata, para permitir la construcción de un hotel con 438 habitaciones.

Esta solicitud responde a un recurso contencioso administrativo presentado por las organizaciones INSAPROMA, Somos Pueblo, ASOPROCASO y residentes de Cabarete, quienes buscan la nulidad de la licencia ambiental núm. 0374-19 que autoriza el proyecto hotelero, ubicado en un área declarada de conservación por el Decreto núm. 847-09 y la Resolución 9/12 del Ministerio de Turismo.

El TSA ya había emitido una sentencia en diciembre de 2020 que suspendía la licencia ambiental 0373-19 otorgada al proyecto Ritz-Carlton Reserve, desarrollado por la empresa Connemara SRL, propiedad de Ian Schembri Sant, en el área protegida «Boca de Yasica». Este fallo fue logrado gracias a una medida cautelar interpuesta por las mismas organizaciones.

Según un informe de la Comisión Ambiental de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), los trabajos iniciales del proyecto hotelero ya habían causado daños ambientales, incluyendo la tala de más de 20 mil metros cuadrados de mangles, el relleno de humedales y la destrucción de dunas y especies de flora en peligro crítico de extinción.

A pesar de estos antecedentes, el Ministerio de Medio Ambiente, presidido por Miguel Ceara Hatton, solicitó al TSA anular los mecanismos de protección para facilitar la construcción del hotel. Esta petición contradice el deber legal y moral del Ministerio de proteger el ambiente, incluyendo manglares, humedales y dunas.

El TSA tiene la responsabilidad de aplicar la ley, ya que este caso se trata de un crimen ambiental probado con informes detallados, y la tala de manglares conlleva una pena de hasta 10 años de prisión, según la Ley No. 307-04 de Pesca y Acuicultura.

Además, la empresa responsable podría ser multada con hasta 20 mil salarios mínimos del sector público, conforme a la Ley No. 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales.

El abogado director ejecutivo de INSAPROMA, Euren Cuevas Medina, exigió la aplicación de las leyes vigentes contra aquellos funcionarios que no cumplen con su obligación de proteger el ecosistema. También anunció que INSAPROMA y otras organizaciones preparan acciones tanto a nivel nacional como internacional para exigir el cumplimiento de la ley.

Entre las medidas, se enviará una comunicación a la Secretaría de Asuntos Ambientales del DR-CAFTA y se denunciarán las violaciones de derechos ambientales fundamentales ante organismos como la ONU, la OEA y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Cuevas Medina calificó de ilegal la solicitud del Ministerio de Medio Ambiente, ya que la Ley No. 64-00 no le otorga potestad para desproteger ecosistemas, solo para protegerlos.

Además, la Constitución y el DR-CAFTA prohíben la reducción de los sistemas de protección ambiental, en cumplimiento de los principios de no regresión y progresividad en derechos humanos.

Finalmente, INSAPROMA hace un llamado a todas las fuerzas sociales y ambientales del país a manifestarse en contra de esta acción, que pone en peligro el sistema nacional de áreas protegidas.