![](https://i0.wp.com/ojala.do/wp-content/uploads/2023/06/jesusgeraldo.jpeg?resize=640%2C360&ssl=1)
¡Se acabó el relajo de dañar el historial crediticio de las personas! Superintendencia de Bancos define reglas para fechas en informes crediticios
En una iniciativa destinada a mejorar la transparencia y la divulgación de las informaciones financieras de las personas conforme a las disposiciones de la Ley núm. 172-13, que tiene por objeto la protección integral de los datos personales, la Superintendencia de Bancos ha emitido la circular CSB-REG-202300014 donde se definen con precisión las fechas que deben incluirse en los informes crediticios de los clientes.