Día del Ahorro: cómo contratar un depósito bancario y rentabilizar tu dinero
El 31 de octubre se celebra el Día Mundial del Ahorro, una jornada dirigida a la concienciación ciudadana sobre la importancia del ahorro en las economías domésticas. Una de las opciones para rentabilizar los ahorros de los perfiles más conservadores es un depósito. Se trata de un producto bancario que tras años sin ofrecer apenas intereses, empiezan a incrementar su rentabilidad. En concreto, a través de un depósito el cliente entrega una cantidad de dinero a la entidad durante un plazo determinado y al finalizar obtendrá su dinero de vuelta junto a unos intereses pactados.
Pero, además, muchas entidades ofrecen depósitos a plazo, con distintas características. Por ello, es muy importante que informarse bien antes de optar por uno o por otro. El Banco de España (BdE) afirma que «la entidad debe explicarte convenientemente en qué consiste este producto, resolviendo las dudas que puedas tener al respecto”.
Para poder tener toda la información detallada, antes de firmar el contrato de apertura de un depósito, el cliente tiene el derecho a que el banco le facilite, de forma gratuita, la información precontractual necesaria para poder comparar ofertas y tomar una decisión informada. Ahí se incluirán todas las condiciones que posteriormente se van a aplicar durante el plazo de duración del depósito.
Condiciones pactadas en el contrato del depósito
Una vez decidido a contratar un depósito, pese a que se haya analizado la información precontractual, es importante comprobar que coincide con lo que se expone en el contrato. En concreto, en este documento se deberá detallar la duración del contrato, comisiones o intereses, entre otras condiciones.
Hay que prestar especial atención a la forma en que se liquidan los intereses. En el contrato se especificará tanto la retribución ofrecida, como la posibilidad de que el banco la condicione a la contratación de otros servicios. Además, se indicará la TAE o tasa anual equivalente, que, a diferencia del tipo de interés (TIN) -sólo recoge la retribución o compensación que recibimos por depositar el dinero en un banco-, tiene en cuenta, los gastos y las comisiones asociados.
En la firma del contrato de apertura de un depósito, el cliente también acepta el pago de todas las comisiones y gastos que se incluyen. Entre otras, la comisión o penalización que se pagaría si se permite cancelar el depósito anticipadamente. “Debes saber que esta penalización no podrá ser, en ningún caso, superior a la retribución que te correspondería hasta esa fecha”, recuerda el BdE.
Sobre la duración del contrato, en caso de renovación tácita, debe resaltarse, junto con el plazo, todas las condiciones a que quedará sujeto tras dicha renovación. Además, el contrato debe indicar el fondo de garantía de depósitos al que esté adherida la entidad. Esto es el mecanismo de seguridad que interviene si una entidad de crédito adherida atravesara problemas que le impidieran garantizar el dinero.
Todas las condiciones firmadas pueden estar sujetas a una prórroga de la duración del contrato y en el contrato también se debe contemplar esta posibilidad. La normativa señala que “el contrato debe incluir la obligación de comunicar al cliente los términos exactos de la prórroga con antelación razonable y la forma y las condiciones en que el cliente podrá prestar su consentimiento a dicha prórroga”.
Depósitos en el extranjero
Si buscas la mayor rentabilidad para un depósito, los bancos europeos están ofreciendo mayores intereses que los españoles. Por tanto, es importante también echar la vista fuera. Los depósitos a plazo fijo extranjeros funcionan igual. El cliente entrega una cantidad de dinero a la entidad durante un plazo determinado y a su finalización se obtiene la cantidad entregada más los intereses pactados.
Sobre la garantía de ese dinero, hay que tener en cuenta en qué banco se está contratando el depósito y, sobre todo, en qué país tiene su sede. Todos los bancos con sede en la Unión Europea están respaldados por el Fondo de Garantía de Depósitos (FDG) de cada país. Esto permite proteger hasta 100.000 euros por titular y banco. La cantidad que exceda de esa cifra ya no está garantizada en caso de cualquier problema.