Conozca 12 posibles efectos nocivos de impuesto de 0.15% por uso tarjetas de débito u otra forma de pago electrónico

20-07-2023
Economía y empleos
Acento, República Dominicana
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¡Nadie se salvaría!, desde el pensionado que dedicó 20 o 30 años trabajando para el Estado Dominicano, donde muchos yacen enfermos en una cama, hasta el niño que su padre le está enseñando ahorrar; los jóvenes emprendedores, los policías, militares que cuidan nuestras fronteras, las enfermeras, los médicos, los maestros de las escuelas públicas y privadas, los empleados públicos y privados, que cobran a través de una tarjeta de débito; en fin, más de 5.0 de millones de dominicanos y dominicanas que usan su tarjeta de débito como instrumento de pago ser verán afectados con una disminución en su salario nominal, si la propuesta de norma que circula de la Dirección General de Impuestos Internos se llegara aplicar, de cobrar el 0.15% de cada mil pesos pagado de manera electrónica en cualquier comercio o persona registrada o no registrada en la DGII.

La propuesta de norma que circula en el ecosistema financiero, un documento oficial de la DGII, no sólo ordena que las empresas de ADQUIRENCIA propiedades de los bancos (AZUL, CARNET, VISANET) retener el 19% de las ventas totales diarias que realizan las empresas y personas no registradas a través de las tarjetas de crédito y débito, sino también, modifica el literal b) del artículo II de la Normal General Numero 4-04 sobre el Impuesto a la Emisión de Cheques y Pagos por Transferencias Electrónicas para que se lea de la siguiente manera:

  1. b) Los pagos a través de transferencias electrónicas o cualquier instrumento de pago electrónico.

Esto quiere decir, conforme a las estadísticas oficiales del Sistema de Pago publicadas por el Órgano Rector de la Política Monetaria:

Todas las personas que pagan con tarjetas de débito tendrán que pagar el 0.15% de impuestos a la DGII, y en la actualidad existen 6,664,679 (seis millones, seiscientos sesenta y cuatro mil, seiscientos setenta y nueves) tarjetas de débitos emitidas y vigentes, que tendrán que pagar este impuesto, cuando usen y paguen con su tarjeta en los supermercados, colmados, farmacias, compra de ropa, en fin, todo lo que hagan, excepto retirar su dinero vía cajero electrónico.

Pero también este impuesto aplicaría a los pagos móviles, es decir, pagos electrónicos a través de tu celular, donde 1,184,094 usuarios o personas utilizan este medio para pagar distintas facturas de consumo de bienes y servicios.

Los doce posibles efectos nocivos de la aplicación de un impuesto de esta naturaleza en todos los instrumentos de pagos electrónicos sería los siguientes:

  1. Aumento de los costos para los consumidores: Los usuarios de tarjetas de débito tendrían que pagar un impuesto adicional por cada transacción, lo que aumentaría los costos generales de las compras y transacciones diarias.
  1. Desincentivo al uso de servicios bancarios: Las personas podrían optar por evitar el uso de tarjetas de débito debido al impuesto, lo que dificultaría el acceso a servicios bancarios y financieros, especialmente para aquellos que no tienen acceso a cuentas bancarias tradicionales.
  1. Menor inclusión financiera: El impuesto podría dificultar la inclusión financiera, ya que las personas de bajos ingresos que dependen de las tarjetas de débito para realizar transacciones tendrían que enfrentar costos adicionales, lo que podría limitar su acceso a servicios financieros básicos.
  1. Impacto desproporcionado en los más vulnerables: Las personas de bajos ingresos y los grupos económicamente desfavorecidos serían los más afectados por el impuesto, ya que es probable que dependan más del uso de tarjetas de débito para sus transacciones diarias.
  1. Estímulo a la economía informal: El impuesto al uso de tarjetas de débito podría fomentar el uso de transacciones en efectivo y la economía informal, ya que las personas buscarían evitar los costos adicionales asociados con el uso de tarjetas.
  1. Impacto en el comercio electrónico: El impuesto podría desincentivar las compras en línea, ya que los costos adicionales asociados con el uso de tarjetas de débito podrían hacer que los consumidores opten por otras formas de pago o reduzcan sus compras en línea en general.
  1. Mayor carga administrativa: La implementación y administración del impuesto requeriría recursos y esfuerzos adicionales por parte de las instituciones financieras y el gobierno, lo que podría generar una mayor carga administrativa y costos adicionales.
  1. Desaceleración de la economía digital: El impuesto al uso de tarjetas de débito podría ralentizar el crecimiento de la economía digital y las transacciones electrónicas, lo que podría afectar negativamente a las empresas y emprendedores que dependen de estos canales para operar.
  1. Evasión y elusión fiscal: Las personas podrían buscar formas de evadir o eludir el impuesto al uso de tarjetas de débito, lo que podría socavar los ingresos fiscales esperados y generar una mayor complejidad en la fiscalización.
  1. Menos transparencia financiera: Al fomentar el uso de transacciones en efectivo, el impuesto podría disminuir la trazabilidad de las transacciones y dificultar el seguimiento de actividades financieras, lo que podría tener implicaciones negativas para la lucha contra la evasión fiscal y el lavado de dinero.
  1. Encarecimiento del crédito bancario. Un impuesto de esta naturaleza provocará que las personas no ahorren dinero en los bancos, por tanto, habrá una menor oferta de dinero disponible y las tasas de interés activas para los bancos subirían, habrán menos préstamos y por ende menor crecimiento en la economía, caería el empleo formal e informal, y a la larga las recaudaciones fiscales.
  1. Castigo a la Innovación y transformación digital. La lectura de este impuesto debe ser que se castiga la innovación financiera, la transformación digital, las billeteras digitales (MIO y BILLET) estas últimas están teniendo un impacto muy positivo para que los micro y pequeños comerciantes puedan vender y ofrecer sus servicios y cobrar por un dispositivo móvil.

La realidad, es que la Dirección General de Impuestos Internos debería analizar los impactos de estos cambios de propuesta que circula, y sobre todo ante un escenario de una relección del Presidente de la República, que más que ruido, lo que necesita es paz y tranquilidad económica la probación dominicana.

Reitero, desde esta columna apoyamos y felicitamos por todos los avances en materia de eficiencia y logros que ha tenido la actual gestión de la Dirección General de Impuestos Internos, pero consideramos que no es el tiempo apropiado ni oportuno, y más que ampliar este impuesto del cobro del 0.15% a otros instrumentos de pagos electrónicos, lo que se debe hacer es eliminarlo por completo en una próxima reforma fiscal, ya que el mismo nació transitorio, y se ha quedado toda la vida creando muchas distorsiones, y como decía mi admirado Jack Veneno, en la bolita del mundo, sólo en República Dominicana se aplica un impuesto de esa naturaleza.